De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 4.743 sancionada el día 29 de marzo de 2012 en la Legislatura de la Provincia de Río Negro, la Dirección de Vialidad Rionegrina es una entidad autárquica de derecho público, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, con capacidad para actuar privada y públicamente en la prestación del Servicio Público Vial de acuerdo a lo que establezcan las leyes de la provincia y las especiales que afecten su funcionamiento.
El Servicio Público Vial se define técnicamente como la planificación, estudio, proyecto, construcción, mantenimiento, administración, rehabilitación, mejoramiento y explotación de la red vial de su jurisdicción.Al mismo tiempo, la Dirección de Vialidad Rionegrina está facultada para celebrar y/o ejecutar toda clase de convenios con reparticiones de la Provincia de Río Negro como también con otras jurisdicciones, siempre que tengan una finalidad vinculada a la cuestión vial. Asimismo, solo puede intervenir en ámbitos municipales previo acuerdo que a tal efecto deberá suscribir con los municipios.La Dirección de Vialidad Rionegrina es el organismo del estado facultado por excelencia para la ejecución de grandes y pequeñas obras viales en la Provincia de Río Negro, aunque además conlleva la responsabilidad de efectuar los trabajos necesarios para mantener en óptimas condiciones de transitabilidad a cada ruta de la red vial de su jurisdicción.