La semana pasada, la Justicia de Río Negro aplicó esta reforma al dictar la prisión preventiva de un hombre condenado a doce años de prisión por un caso de abuso sexual.
En mayo pasado, la Legislatura de Río Negro aprobó una significativa reforma al Código Procesal Penal a pedido del gobernador Alberto Weretilneck. Esta modificación, que incorpora el artículo 109 bis, establece que los condenados a prisión efectiva deberán permanecer detenidos mientras sus recursos sean revisados por la Corte Suprema de la Nación, poniendo fin a la posibilidad de que transiten en libertad durante el proceso de apelación.
La semana pasada, la Justicia de Río Negro aplicó esta reforma al dictar la prisión preventiva de un hombre condenado a doce años de prisión por un caso de abuso sexual. La fiscalía y la querella solicitaron la medida argumentando el riesgo de fuga del condenado, quien podría intentar evadir la pena impuesta. El tribunal, de manera unánime, aceptó el pedido y ordenó la detención inmediata del acusado, quien fue retirado del recinto bajo custodia policial.
El artículo 109 bis, recientemente sancionado, permite que la fiscalía o la querella soliciten la prisión preventiva de una persona condenada a pena efectiva cuando la sentencia ya no pueda ser recurrida a nivel provincial. Esta medida busca asegurar que el condenado cumpla con la sentencia impuesta, evitando que las víctimas tengan que cruzarse con sus victimarios mientras estos esperan el fallo final de la Corte Suprema.
La reforma impulsada por el gobernador Weretilneck responde a la necesidad de una justicia más ágil y efectiva, garantizando que aquellos condenados por crímenes graves, como homicidios o violaciones, permanezcan detenidos durante todo el proceso judicial, hasta que se dicte una sentencia firme. Con esta medida, se pone fin a las largas esperas y se protege a las víctimas de tener que convivir en la misma comunidad que sus agresores, garantizando una mayor seguridad y paz social en la provincia de Río Negro.