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Balsa de Villa Llanquín: modalidad y horario de funcionamiento de la embarcación durante los días domingos

11:39 - 16 - feb - 2024

Domingos: el cruce de ingreso de vehículos a Villa Llanquín está inhabilitado para el público en general. El cruce de egreso vehicular de la Villa se puede realizar de 7 a 20 hs.

Para residentes y familiares directos, el ingreso y egreso vehicular a Villa Llanquín no tiene restricción. Se puede realizar todos los días de 7 a 20 hs.

Esta medida fue adoptada por la Dirección de Vialidad Rionegrina en acuerdo con la Comisión de Fomento de Villa Llanquín, ante la necesidad de preservar la calidad y seguridad del servicio en el marco del aumento de la demanda de cruces de vehículos por la temporada estival.

 

 

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01/14

APERTURA DÍA: 27/03/2014

DESTINADA A LA CONCESIÓN DE LA EXPLOTACIÓN COMERCIAL DE VEHÍCULOS RADICADOS EN LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO (REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA)

VALOR DEL PLIEGO: PESOS CINCO MIL ($5000,00)

GARANTÍA DE OFERTA: Se establece en la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00)

PERÍODO DE CONCESIÓN: seis (6) años, con opción a prorroga.

PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: hasta una (1) hora antes del acto de apertura de los sobres.

Hora de Apertura: 10:00

Lugar de Apertura: Dirección de Vialidad Rionegrina, Oficina Central, Winter Nº 70 de la Localidad de Viedma, provincia de Río Negro

 

Pliegos y Consultas:  Depto. de Licitaciones, Winter Nº 70; Teléfono 02920-421404, interno 144 – VIEDMA- RIO NEGRO,
de 8:00 hs hasta las 13:00hs.

Revisión Técnica Obligatoria / Aspectos Generales

Constituye un servicio indispensable para garantizar:

  • La Seguridad Activa o Primaria (frenos, neumáticos, suspensiones, iluminación, etc.): a efectos de disminuir la probabilidad de que los mismos sean causa de siniestros viales.
  • La Seguridad Pasiva o Secundaria (cinturones de seguridad, apoya cabezas, etc.): para reducir las consecuencias de los siniestros viales.
  • La protección del medio ambiente: a efectos de disminuir la contaminación del aire y el nivel de ruido.
  • Aumentar la seguridad vial en los desplazamientos de los usuarios de la vía.
  • Efectivizar un cambio cultural, estableciendo que las condiciones de seguridad vial mejoran si circulamos en vehículos verificados (aprobados).
  • Un control técnico preventivo de los vehículos que realizan desplazamientos dentro y fuera de la Provincia.
  • Una mayor seguridad al tránsito, aumentando la confiabilidad del sistema de transporte de cargas y pasajeros de carácter provincial e interjurisdiccional.
  • Asimismo, incrementar el volumen de vehículos verificados tiene como objetivo principal disminuir la probabilidad de ocurrencia de siniestros viales que sean consecuencia del estado y del funcionamiento del vehículo.

 

La Revisión Técnica Obligatoria debe dar cumplimiento a la legislación vigente:

  • Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 y su Decreto Reglamentario.
  • Ley Provincial Nº 2.942 y su Decreto Reglamentario. Adhesión a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.
  • Ley Nacional Nº 26.363 y su Decreto Reglamentario.
  • Ley Provincial Nº 4.325. Adhesión a la Ley Nacional Nº 26.363.
  • Resolución 1.004/13 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, ratificándose el Convenio de ejecución e implementación de las revisiones técnicas obligatorias por parte del ente vial.
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